En un comunicado, la Comisión afirma que a raíz de estos hechos y refiriéndose a los informes que recibió sobre este partido y después de ver las imágenes de vídeo de los deplorables actos de violencia antideportiva que se produjeron y que afectan a la imagen del fútbol nacional, decidió lo siguiente:
-- Para el AS FAR :
1. Hacer que los partidos del AS FAR se disputen en casa y prohibir a sus hinchas asistir a los partidos fuera del estadio del club durante el resto de la temporada deportiva (art. 36, 76, 60, 105 del Código Disciplinario) debido a la gravedad de los hechos ocurridos y a los actos de violencia cometidos por los hinchas del AS FAR, que causaron graves lesiones entre los miembros de las fuerzas del orden y los hinchas, así como daños materiales en las distintas partes del estadio.
2. Una multa de 50.000 dírhams contra el AS FAR por el lanzamiento de piedras y otros objetos hacia el área de juego (art.105 del código disciplinario).
3. Una multa de 50.000 dírhams contra el AS FAR por la invasión del césped del estadio por parte de los hinchas del club (art. 105 del código disciplinario).
4. Una multa de 20.000 dírhams contra el AS FAR por el uso de bengalas por sus hinchas (art. 105 del código disciplinario).
5. Pagar los gastos de la reparación de los daños causados en el Complejo Deportivo Príncipe Moulay Abdellah de Rabat y su equipamiento tras la evaluación, siendo el AS FAR el club anfitrión y responsable de la organización (art. 22 del reglamento de competiciones y art. 105 del código disciplinario).
-- Para el MAS :
1. Hacer que se jueguen dos partidos del MAS sin público por el comportamiento de sus hinchas, la invasión del campo del estadio tras el partido y el uso de bengalas y lanzamiento de piedras (art. 60, 76 y 105 del código disciplinario).
2. Una multa de 50.000 dírhams contra el MAS después de que sus hinchas lanzaran piedras y otros objetos al área de juego (art. 105 del código disciplinario).
3. Una multa de 50.000 dírhams contra el MAS después de que sus hinchas bajaran al campo (art. 105 del código disciplinario).
4. Una multa de 20.000 dírhams contra el MAS tras el uso de bengalas por sus hinchas (art. 105 del código disciplinario).