Según los datos de la ANRAC, se trata de 2.837 autorizaciones concedidas en beneficio de 2.659 agricultores para la actividad de cultivar y producir cannabis, frente a 430 autorizaciones en 2023, y de 192 autorizaciones a favor de 98 operadores, frente a 291 autorizaciones a 138 operadores en 2023.
Las 192 autorizaciones se reparten entre 60 autorizaciones para la actividad de transformación, 49 para la actividad de comercialización, 39 para la actividad de exportación, 24 para la actividad de importación de semillas, 18 para la actividad de transporte, 1 para la actividad de exportación de semillas y 1 para la actividad de creación y gestión de viveros.
La Agencia subraya que los 98 operadores que se benefician de estas autorizaciones se reparten por su parte entre 23 cooperativas, 51 empresas y 24 personas físicas.
Desde principios del año en curso, la ANRAC ha certificado 7,3 millones de semillas de cannabis sobre la base de 26 autorizaciones de importación concedidas por la Oficina Nacional de Seguridad Sanitaria de los Productos Alimenticios (ONSSA) por una superficie de 1.164 hectáreas a favor de 100 cooperativas de producción que agrupan a 1.520 agricultores.
La Agencia también ha autorizado, desde principios de 2024, el uso de 1.634 quintales de semillas de cannabis local, la Beldía, sobre la base de 106 autorizaciones de uso de la semilla Beldía concedidas por la ONSSA para una superficie de 1.916 Ha a 106 cooperativas de producción que agrupan a 1.816 agricultores.
El uso de la variedad Beldía se autorizó en 2024 en una superficie de 1.916 hectáreas para las cooperativas de producción, sobre la base de los primeros resultados registrados del estudio iniciado con el Instituto Nacional de la Investigación Agronómica (INRA) sobre la caracterización de la variedad local marroquí la Beldía.
Por otra parte, la ANRAC, en colaboración con la ONSSA, ha establecido un protocolo con condiciones precisas y específicas para garantizar que la utilización de esta variedad de conformidad con las disposiciones reglamentarias.
Estas condiciones se refieren en particular a la formulación por el presidente de la cooperativa de la producción, que incluye únicamente a los agricultores autorizados por la ANRAC, de una solicitud a la ONSSA y a la ANRAC para la utilización de semillas de cannabis de la variedad «Beldía», y al compromiso de la cooperativa de producción de llevar un registro de la trazabilidad de las semillas de cannabis de la variedad «Beldía».
También se refieren al compromiso del operador concernido por el contrato de venta de la producción de comprar toda la producción recolectada a los agricultores, autorizados por la ANRAC y miembros de la cooperativa de producción concernida, que hayan cultivado la variedad local «Beldía», y al compromiso del operador afectado de redactar y presentar a la ANRAC un compromiso de celebrar un contrato con una industria farmacéutica para venderle todos los extractos de la planta con un contenido de THC igual o superior al 1%, de conformidad con las disposiciones de la ley 13-21 sobre los usos lícitos del cannabis.
El operador en cuestión también se compromete a destruir todos los extractos de la planta con un contenido de THC igual o superior al 1% al final de la operación de transformación con fines industriales, dejando únicamente extractos con un contenido de THC inferior al 1%, en caso de que la industria farmacéutica en cuestión no cumpla los compromisos acordados en el contrato de compra de la producción de cannabis de la variedad «Beldía».
Lo mismo ocurre con el compromiso del operador en cuestión de presentar a la ANRAC los resultados de los análisis realizados por un laboratorio reconocido por la ANRAC, que demuestren que el contenido de THC de la producción al final de la fase de transformación procedente de la variedad «Beldía», objeto de la solicitud de la cooperativa en cuestión, es inferior al 1%, según la Agencia.