"Los presidentes de los consejos de las colectividades territoriales y sus órganos pueden, en coordinación con los walis de las regiones y los gobernadores de las prefecturas y provincias, cada uno en su ámbito de acción territorial, decidir la celebración presencial de las sesiones ordinarias y extraordinarias de estos consejos, tomando todas las medidas preventivas dictadas por las autoridades competentes, y en coordinación con la autoridad administrativa local, para que estas reuniones se celebren en las mejores condiciones", precisa el comunicado.
Esta decisión se enmarca en el fortalecimiento de las medidas de precaución tomadas para luchar contra la propagación del nuevo coronavirus y teniendo en cuenta la situación actual y en correlación de las medidas tomadas con la evolución de la situación epidemiológica en las diferentes regiones, prefecturas y provincias del Reino, pero también de conformidad con las exigencias del artículo 2 del decreto Nº 2. 20.406, del 9 de junio de 2020, sobre la prórroga del estado de emergencia sanitaria en todo el territorio nacional para combatir la propagación del Covid-19 y la promulgación de disposiciones especiales para la flexibilización de las restricciones relacionadas, prosigue el comunicado.
Por otra parte, la misma fuente subraya que las colectividades territoriales y a los distritos están invitados a tomar todas las medidas preventivas para preservar la salud de los funcionarios y los usuarios mediante la esterilización de los locales, las oficinas de trabajo y las dependencias sanitarias y su ventilación, el suministro de equipos sanitarios y la sensibilización sanitaria de sus recursos humanos.
La reanudación gradual del trabajo requiere una reducción de la circulación y del intercambio de documentos en papel y la utilización de los medios tecnológicos disponibles en la medida de lo posible, todo ello en estricto cumplimiento de las medidas preventivas dictadas por las autoridades competentes, concluye el comunicado.